Exigen cese persecusión contra periodista en Chiapas
Jose | 30.03.2006 22:57 | Analysis | Repression | Zapatista | London | World
Frente a la persecución del gobierno de Chiapas contra el ex-presidente municipal y periodista, Adolfo Zamora Cruz, el Poder Judicial mexicano considera que es inconstitucional esa práctica.
Inconstitucional Acusación de Robo Contra Adolfo Zamora
Resuelve Juez Federal que el Gobierno de Pablo Salazar Cometió una Determinación Equivocada en Contra de Zamora Cruz.-
Tapachula, Chiapas. Marzo 29.- Juan Manuel Vázquez Fernández de Lara, Juez Tercero de Distrito en el Estado, resolvió que en la acusación de robo con violencia que hizo el Gobierno del Estado que encabeza Pablo Salazar Mendiguchía, a través de la Subsecretaría de Protección Civil, en contra del ex-presidente municipal y periodista, Adolfo Zamora Cruz, que es inconstitucional la determinación de la existencia del delito.
Lo anterior tiene aplicación por analogía -de acuerdo al expediente 1098/2005- la tesis aislada IX.2o.38-P, de la Novena Época, sustentada por el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito.
Por lo mismo, el Juez Federal establece que, al haber considerado la autoridad responsable que con las pruebas que obran en el sumario acreditan la corporeidad del delito de robo, previsto y sancionado por el artículo 177, primer párrafo, y sancionado por el 178, fracción III y IV, en relación con el 180 y 189, fracción VIII, todos del Código Penal para el Estado de Chiapas, es inconcuso (es seguro) que el acto reclamado en ese sentido, se itera (se dice), es violatorio del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al analizar el expediente y las declaraciones de todos los protagonistas, incluidos diversos funcionarios del Gobierno del Estado, el Juez llegó a la conclusión que la actuación de Adolfo Zamora Cruz, al recoger la ayuda humanitaria de las instalaciones de la bodega "La Marañonera", no constituye la materialidad del robo.
Esto porque en la fecha que lo hizo, fue legitimado para ello por la autoridad del Gobierno Municipal de Tijuana, Baja California, que había enviado la ayuda comunitaria a éste lugar para su distribución.
Hace hincapié también el juez que tomó en cuenta que no puede haber robo, y mucho menos con violencia, cuando los empleados del Gobierno de Estado declararon ante el Ministerio Público que aceptaron entregar voluntariamente la ayuda humanitaria luego de que las bodegas estaban repletas y después de haber confirmado que ese envío había sido destinado para ser distribuido a través de Adolfo Zamora Cruz.
Así también, que no podía haber robo con violencia de parte de Adolfo Zamora Cruz, porque en los momentos de que le fue entregada la mercancía por parte del Subsecretario de Protección Civil, Leonardo Muñoz Arellano, el lugar estaba ampliamente resguardado por policías con armas de alto poder.
"Éste órgano de control constitucional advierte que lo considerado por el Juez Segundo de lo Penal de Tuxtla Gutiérrez a la hora de expedir la orden de aprehensión en contra de Adolfo Zamora Cruz, violó la garantía establecida en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", señaló.
Incluso subraya que los datos de prueba que valoró al efecto en la orden de captura, no comprueban la existencia de los elementos del cuerpo del delito que se le imputan.
Cabe recordar que el propio titular de la Fiscalía General del Estado, Mariano Herrán Salvatti, encabezó el cateo y desalojo de una bodega utilizada para almacenar ayuda humanitaria que estaba siendo distribuida a los damnificados por parte de Adolfo Zamora Cruz, argumentando el funcionario estatal que el ex-presidente municipal había cometido un robo con violencia, cosa que ahora la autoridad federal ha concluido que fue falso.
Con ello se concluye que las acciones emprendidas por el gobernador Pablo Salazar Mendiguchía por medio de Mariano Herrán Salvatti, siempre tuvo fondos políticos para afectar la trayectoria política de Adolfo Zamora Cruz y el carisma del pueblo que ha cosechado a través de los años.
Por si fuera poco está la averiguación previa y la privación de la libertad de la que fue objeto el Director General de EL ORBE Y SEMANARIO EL ORBE, C.P. Enrique Zamora Cruz, quien fue sometido a un profundo interrogatorio durante alrededor de doce horas en los separos de la Fiscalía Regional con sede en ésta ciudad.
Esto como resultado a una demanda que entabló en su contra el propio gobernador, Pablo Salazar Mendiguchía, y que ahora, al resolverse que todo fue falso, se comprueba que lo que en realidad se trataba era afectar a los hermanos Zamora Cruz, quienes su único fin ha sido la de apoyar a los que menos tienen por medio del periódico EL ORBE, el primero en circulación estatal.
Las arremetidas del gobernador en contra del periodismo en Chiapas se vio reflejado en las reformas que impulsó al Código Penal en materia de los delitos contra el honor -la llamada Ley Mordaza-, a la que defendió arduamente durante varios años.
Al final de cuentas, presionado por el pueblo chiapaneco, por organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales, exhortos del Senado y de la Cámara de Diputados y obviamente por la prensa crítica, tuvo que terminar reconociendo su error al grado de echar atrás esa Ley Mordaza. (EL ORBE / Por Ildefonso Ochoa Argüello)
Resuelve Juez Federal que el Gobierno de Pablo Salazar Cometió una Determinación Equivocada en Contra de Zamora Cruz.-
Tapachula, Chiapas. Marzo 29.- Juan Manuel Vázquez Fernández de Lara, Juez Tercero de Distrito en el Estado, resolvió que en la acusación de robo con violencia que hizo el Gobierno del Estado que encabeza Pablo Salazar Mendiguchía, a través de la Subsecretaría de Protección Civil, en contra del ex-presidente municipal y periodista, Adolfo Zamora Cruz, que es inconstitucional la determinación de la existencia del delito.
Lo anterior tiene aplicación por analogía -de acuerdo al expediente 1098/2005- la tesis aislada IX.2o.38-P, de la Novena Época, sustentada por el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito.
Por lo mismo, el Juez Federal establece que, al haber considerado la autoridad responsable que con las pruebas que obran en el sumario acreditan la corporeidad del delito de robo, previsto y sancionado por el artículo 177, primer párrafo, y sancionado por el 178, fracción III y IV, en relación con el 180 y 189, fracción VIII, todos del Código Penal para el Estado de Chiapas, es inconcuso (es seguro) que el acto reclamado en ese sentido, se itera (se dice), es violatorio del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al analizar el expediente y las declaraciones de todos los protagonistas, incluidos diversos funcionarios del Gobierno del Estado, el Juez llegó a la conclusión que la actuación de Adolfo Zamora Cruz, al recoger la ayuda humanitaria de las instalaciones de la bodega "La Marañonera", no constituye la materialidad del robo.
Esto porque en la fecha que lo hizo, fue legitimado para ello por la autoridad del Gobierno Municipal de Tijuana, Baja California, que había enviado la ayuda comunitaria a éste lugar para su distribución.
Hace hincapié también el juez que tomó en cuenta que no puede haber robo, y mucho menos con violencia, cuando los empleados del Gobierno de Estado declararon ante el Ministerio Público que aceptaron entregar voluntariamente la ayuda humanitaria luego de que las bodegas estaban repletas y después de haber confirmado que ese envío había sido destinado para ser distribuido a través de Adolfo Zamora Cruz.
Así también, que no podía haber robo con violencia de parte de Adolfo Zamora Cruz, porque en los momentos de que le fue entregada la mercancía por parte del Subsecretario de Protección Civil, Leonardo Muñoz Arellano, el lugar estaba ampliamente resguardado por policías con armas de alto poder.
"Éste órgano de control constitucional advierte que lo considerado por el Juez Segundo de lo Penal de Tuxtla Gutiérrez a la hora de expedir la orden de aprehensión en contra de Adolfo Zamora Cruz, violó la garantía establecida en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", señaló.
Incluso subraya que los datos de prueba que valoró al efecto en la orden de captura, no comprueban la existencia de los elementos del cuerpo del delito que se le imputan.
Cabe recordar que el propio titular de la Fiscalía General del Estado, Mariano Herrán Salvatti, encabezó el cateo y desalojo de una bodega utilizada para almacenar ayuda humanitaria que estaba siendo distribuida a los damnificados por parte de Adolfo Zamora Cruz, argumentando el funcionario estatal que el ex-presidente municipal había cometido un robo con violencia, cosa que ahora la autoridad federal ha concluido que fue falso.
Con ello se concluye que las acciones emprendidas por el gobernador Pablo Salazar Mendiguchía por medio de Mariano Herrán Salvatti, siempre tuvo fondos políticos para afectar la trayectoria política de Adolfo Zamora Cruz y el carisma del pueblo que ha cosechado a través de los años.
Por si fuera poco está la averiguación previa y la privación de la libertad de la que fue objeto el Director General de EL ORBE Y SEMANARIO EL ORBE, C.P. Enrique Zamora Cruz, quien fue sometido a un profundo interrogatorio durante alrededor de doce horas en los separos de la Fiscalía Regional con sede en ésta ciudad.
Esto como resultado a una demanda que entabló en su contra el propio gobernador, Pablo Salazar Mendiguchía, y que ahora, al resolverse que todo fue falso, se comprueba que lo que en realidad se trataba era afectar a los hermanos Zamora Cruz, quienes su único fin ha sido la de apoyar a los que menos tienen por medio del periódico EL ORBE, el primero en circulación estatal.
Las arremetidas del gobernador en contra del periodismo en Chiapas se vio reflejado en las reformas que impulsó al Código Penal en materia de los delitos contra el honor -la llamada Ley Mordaza-, a la que defendió arduamente durante varios años.
Al final de cuentas, presionado por el pueblo chiapaneco, por organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales, exhortos del Senado y de la Cámara de Diputados y obviamente por la prensa crítica, tuvo que terminar reconociendo su error al grado de echar atrás esa Ley Mordaza. (EL ORBE / Por Ildefonso Ochoa Argüello)
Jose
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